RÉGIMEN DE LA UNIÓN EUROPEA

Tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión: requisitos y solicitud

Esta tarjeta permite residir en España a determinados familiares no europeos que acompañan o se reúnen con una persona ciudadana de la UE, del EEE o de Suiza durante más de tres meses.

Contenido revisado el 16 de septiembre de 2026 con fuentes oficiales del Ministerio de Migraciones y del BOE.

¿PARA QUIÉN ES?

Familiares que pueden estar incluidos

El parentesco y la necesidad de demostrar dependencia cambian según la edad, el vínculo y la situación de la persona europea.

Cónyuge o pareja

Cónyuge, pareja registrada o pareja estable no inscrita con un vínculo duradero debidamente probado.

Para una pareja estable suele acreditarse un año continuado de convivencia, salvo que exista descendencia común y se demuestre la relación estable.

Hijos y ascendientes

Hijos menores de 21 años; mayores de esa edad que estén a cargo; personas incapaces; y ascendientes directos a cargo.

Cuando la persona europea es estudiante, el grupo familiar ordinario es más limitado y conviene revisar el parentesco antes de presentar.

Familia extensa

Otros familiares que estaban a cargo o convivían con la persona europea en el país de procedencia.

La convivencia se considera acreditada cuando se demuestra de forma sólida una convivencia continuada de 24 meses en el país de procedencia.

Salud, discapacidad o cuidado

Otros miembros de la familia cuando, por motivos graves de salud o discapacidad, resulta necesario que la persona europea se haga cargo de su cuidado personal.

La Administración valora individualmente el parentesco, la dependencia y la necesidad real de cuidado.
REQUISITOS

Qué deben demostrar las dos personas

La solicitud combina el vínculo familiar con la situación de residencia de la persona ciudadana de la Unión.

01

Acompañar o reunirse

El familiar extranjero debe acompañar o reunirse en España con la persona ciudadana de la UE, del EEE o de Suiza y residir por más de tres meses.

02

Vínculo incluido

Hay que acreditar matrimonio, pareja, descendencia, ascendencia o una situación de familia extensa admitida por la norma.

03

Situación de la persona europea

Debe trabajar por cuenta ajena o propia, o disponer de recursos y seguro, o estudiar con matrícula, seguro y recursos suficientes.

04

Presentación dentro de plazo

La solicitud debe presentarse personalmente dentro de los tres meses siguientes a la entrada en España.

Si la persona de referencia es española

Esta tarjeta con EX-19 corresponde cuando la persona española ha ejercido la libre circulación. Si no lo ha hecho, normalmente debe revisarse la autorización para familiares de españoles con EX-24.

DOCUMENTACIÓN ORIENTATIVA

Qué conviene preparar

La documentación cambia según el vínculo y según la persona europea trabaje, tenga una actividad propia, estudie o viva con sus recursos.

  • Formulario oficial EX-19 cumplimentado y firmado.
  • Pasaporte completo, válido y en vigor del familiar extranjero, o copia y solicitud de renovación si está caducado.
  • Certificados que acrediten matrimonio, pareja, nacimiento o el parentesco correspondiente.
  • DNI de la persona española que haya ejercido la libre circulación o certificado de registro de la persona ciudadana de la Unión.
  • Pruebas de dependencia, convivencia, pareja estable, salud, discapacidad o cuidado cuando sean necesarias.
  • Documentos de trabajo o actividad propia; o seguro médico y recursos; o matrícula, seguro y recursos si la persona europea estudia.
  • Una fotografía reciente en color, con fondo blanco y tamaño carné.

Los documentos públicos extranjeros pueden necesitar traducción oficial, apostilla o legalización. Algunos formularios estándar de la Unión están exentos. No envíes documentos sensibles en el primer contacto: primero confirmaremos la vía.

PROCESO

De la revisión inicial a la tarjeta

  1. 1

    Confirmar el régimen aplicable

    Revisamos la nacionalidad de la persona de referencia y, si es española, si ejerció la libre circulación.

  2. 2

    Comprobar el vínculo

    Identificamos el grupo familiar y si hay que demostrar convivencia, dependencia o cuidado.

  3. 3

    Revisar la situación de la persona europea

    Comprobamos trabajo, actividad propia, estudios, seguro y recursos según corresponda.

  4. 4

    Presentar personalmente

    El familiar extranjero presenta la solicitud ante Extranjería o la comisaría competente dentro del plazo de tres meses.

  5. 5

    Conservar el resguardo

    El justificante de presentación acredita la situación de estancia legal hasta que se entregue la tarjeta.

  6. 6

    Abonar la tasa y recibir la tarjeta

    La tasa se paga antes de la expedición. La tarjeta debe expedirse dentro de los tres meses siguientes a la solicitud.

ERRORES FRECUENTES

Qué puede complicar el expediente

La mayoría de problemas aparecen al elegir el régimen equivocado o al demostrar de forma incompleta la situación de la persona europea.

  • Usar EX-19 para cualquier familiar de español sin comprobar si existió libre circulación.
  • Aportar solo el certificado de registro de la persona europea sin demostrar trabajo, estudios, seguro o recursos cuando se necesitan.
  • No probar que un hijo mayor de 21 años o un ascendiente está realmente a cargo.
  • Confundir una relación de pareja con una pareja estable suficientemente probada.
  • Dejar pasar los tres meses desde la entrada o preparar tarde traducciones, apostillas y certificados.
CÓMO PODEMOS AYUDARTE

Un servicio adaptado a tu vínculo y documentación

Antes de empezar te explicamos la vía, el trabajo necesario y los posibles gastos externos.

Servicio adaptado a tu caso

Preparación del trámite

El alcance se concreta después de revisar el parentesco y la situación de la persona europea.

  • Confirmación del régimen aplicable
  • Revisión del vínculo y requisitos
  • Preparación de la solicitud
  • Acompañamiento según el servicio contratado
Qué se confirma aparte

Tasa y gastos externos

No damos por incluidos conceptos que dependen de la Administración, terceros o incidencias posteriores.

  • Tasa oficial de expedición
  • Traducciones, apostillas o legalizaciones
  • Certificados y documentos externos
  • Recursos o actuaciones no previstas
PREGUNTAS FRECUENTES

Dudas sobre la tarjeta de familiar de la Unión

¿Esta tarjeta sirve si mi familiar es español?+

Solo cuando la persona española ha ejercido su derecho a la libre circulación. En ese caso se utiliza el formulario EX-19. Si no lo ha ejercido, normalmente corresponde la autorización específica para familiares de personas españolas y el formulario EX-24.

¿Qué familiares pueden solicitarla?+

Puede incluir al cónyuge, pareja registrada, pareja estable, hijos menores de 21 años o mayores a cargo, ascendientes a cargo y determinados miembros de la familia extensa. El grupo puede variar cuando la persona europea es estudiante.

¿Qué debe demostrar la persona ciudadana de la Unión?+

Debe demostrar que trabaja por cuenta ajena o propia en España, o que dispone de recursos suficientes y seguro médico. Si es estudiante, debe acreditar matrícula, seguro y recursos suficientes.

¿Cuándo debe presentarse la solicitud?+

La hoja oficial indica un plazo de tres meses desde la entrada en España. La solicitud la presenta personalmente el familiar extranjero ante la Oficina de Extranjería o, cuando corresponda, la comisaría competente.

¿Puedo trabajar con la tarjeta de familiar de la Unión?+

Como regla general permite trabajar por cuenta ajena o propia. Existen particularidades para descendientes mayores de 21 años y ascendientes que mantienen la condición de familiar a cargo, por lo que conviene revisar el caso antes de iniciar una actividad.

¿Cuánto dura la tarjeta?+

Tiene una validez general de cinco años desde su expedición, o el periodo previsto de residencia de la persona ciudadana de la Unión cuando sea inferior.

¿Hay que pagar una tasa?+

Sí. La tasa debe abonarse antes de que se expida la tarjeta. Las traducciones, apostillas, legalizaciones y otros gastos externos se confirman por separado antes de empezar.

SIGUIENTE PASO

Solicita una valoración de tu situación familiar

Cuéntanos la nacionalidad de tu familiar, vuestra relación y si trabaja, estudia o dispone de recursos en España. Primero confirmaremos la vía; después te indicaremos los documentos necesarios.

Contenido revisado el 16 de septiembre de 2026. Fuentes: hoja 62 del Ministerio de Migraciones y Real Decreto 240/2007.

Esta información es general. Los requisitos cambian y el encaje depende del caso. No envíes documentos sensibles por el formulario inicial.

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